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Artículo 11 de la Ley 5.687 · Ley sobre el contrato de prenda industrial

Ley sobre el contrato de prenda industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25164 / 8802696.

Texto oficial

Art. 11. El Instituto de Crédito Industrial será administrado por un Consejo compuesto por once miembros, designados en la siguiente forma: a) Cinco por las entidades accionistas; como lo determine el Reglamento; b) Dos por el Congreso, uno por el Senado y otro por la Cámara de Diputados; c) Tres por el Presidente de la República; dos libremente y uno a propuesta en terna de la Sociedad de Fomento Fabril; d) El señor Presidente del Instituto de Crédito Industrial.