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Artículo 16 de la Ley 5.687 · Ley sobre el contrato de prenda industrial

Ley sobre el contrato de prenda industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25164 / 8802701.

Texto oficial

Art. 16. El Instituto de Crédito Industrial podrá contratar, bajo su propia garantía, los empréstitos que estime necesarios para el desarrollo de las operaciones autorizadas por esta ley.