Ley 5.691
Establece impuesto especial a beneficio municipal sobre lineas aereas y subterraneas, postaciones y canalizaciones electricas, conducciones de gas y otros fluidos, y lineas ferreas en la parte que ocupan calles o camiones; y declara que sobre esos mismos bienes no se cobraran las patentes o derechos municipales por concesiones o permisos ni las contribuciones sobre bienes raices, no obstante tomarse en cuenta su avaluo para los efectos del descuento en el pago del impuesto a la renta de tercera categoria, y deroga n°s 4°, 5°, 6° del articulo 100, y los n°s 4°, 5°, 6° y 7° de la letra d) cuadro iii del decreto con fuerza de ley 245, de 15 de mayo de 1931, sobre rentas municipales.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
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idNorma: 25167
Artículos
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