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Ley 5.736

Autoriza al presidente de la república contratar emprestito, con garantia fiscal, hasta por la suma de $ 2.500,000 por cuenta de la municipalidad de copiapo, que se destinara a la construccion de edificios, regularizacion de la dotacion del agua para riego, pavimentacion, expropiaciones, etc, dispone que la contribucion a la renta de la primera categoria se cobrara con un aumento adicional en favor de la municipalidad de 1/2 0/00 para los predios afectos al pago de las obras de pavimentacion, y de 1 1/2 0/00 para los demas, excepciones; eleva en un 20% las patentes industriales, comerciales y de alcoholes, otras entradas para el servicio del emprestito, declara de utilidad publica los bienes raices que sean necesarios expropiar.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25176

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Artículos

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