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Artículo 2 de la Ley 5.806 · Modifica el d. l . n.o 542, de 19 de septiembre de 1925

Modifica el d. l . n.o 542, de 19 de septiembre de 1925

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25209 / 8278030.

Texto oficial

Artículo 2.o Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su promulgación.