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Artículo 4 de la Ley 5.918

Fija remuneracion a los jueces especiales de menores, creados por ley 4,447, de 18 de octubre de 1928, a sus respectivos secretarios y demás personal que indica trienios.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25232 / 8999151.

Texto oficial

Art. 4° La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".