Texto oficial
Artículo 1° Inclúyese a los Receptores de Mayor y
Menor Cuantía en las disposiciones del decreto con fuerza
de ley 1,340 bis, de 6 de agosto de 1930.
Incluye a los receptores de mayor y menor cuantía, en las disposiciones del d.f.l 1.340 bis de 6 de agosto de 1930
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25235 / 9060886.