Texto oficial
Art. 15. Deróganse todas las disposiciones de la ley
N° 5,434, que se refieren a los impuestos que pagan los
Receptores de Mayor y Menor Cuantía, en cuanto sean
contrarias a la presente ley.
Incluye a los receptores de mayor y menor cuantía, en las disposiciones del d.f.l 1.340 bis de 6 de agosto de 1930
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25235 / 9060900.