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Artículo 15 de la Ley 5.931

Incluye a los receptores de mayor y menor cuantía, en las disposiciones del d.f.l 1.340 bis de 6 de agosto de 1930

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25235 / 9060900.

Texto oficial

Art. 15. Deróganse todas las disposiciones de la ley N° 5,434, que se refieren a los impuestos que pagan los Receptores de Mayor y Menor Cuantía, en cuanto sean contrarias a la presente ley.