Texto oficial
Artículo 3.o Convócase, por un plazo de veinte días a inscripciones especiales en los registros electorales de la comuna subdelegación de Navidad, treinta días después de la vigencia de esta Ley, y a elecciones municipales extraordinarias, a los noventa días siguientes a la expiración de las inscripciones. La nueva Municipalidad de Navidad expirará en sus funciones el mismo día que las elegidas el 7 de Abril de 1935.