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Artículo 3 de la Ley 5.935

Crea la comuna subdelegacion de navidad, en el departamento de santa cruz, y le designa su cabecera.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25236 / 9042414.

Texto oficial

Artículo 3.o Convócase, por un plazo de veinte días a inscripciones especiales en los registros electorales de la comuna subdelegación de Navidad, treinta días después de la vigencia de esta Ley, y a elecciones municipales extraordinarias, a los noventa días siguientes a la expiración de las inscripciones. La nueva Municipalidad de Navidad expirará en sus funciones el mismo día que las elegidas el 7 de Abril de 1935.