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Artículo 18 de la Ley 5.946

Reclutamiento, nombramiento y ascensos del personal de las instituciones armadas de defensa nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25238 / 9213559.

Texto oficial

Art. 18. Las deliberaciones y votaciones de la Junta Calificadora de Oficiales, serán secretas y el quórum para sesionar como las demás reglas de procedimiento se determinarán en los reglamentos complementarios de esta Ley.