Texto oficial
Art. 19. El personal de tropa, dentro de la categoría de Armas y de los Servicios, se subdividirá como sigue:
a) Suboficiales;
b) Clases;
c) Soldados.
Reclutamiento, nombramiento y ascensos del personal de las instituciones armadas de defensa nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25238 / 9213560.