Texto oficial
DISPOSICIONES TRANSITORIAS {ARTS. 85}
Artículo 85. Suprímese después de tres meses de promulgada esta ley el Departamento de la Habitación y su personal pasará a depender de la Caja de la Habitación Popular.
Crea la caja de la habitacion popular
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25240 / 8975524.