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Artículo 3 de la Ley 5.984

Crea las comunas subdelegaciones de coinco y quinta de tilcoco, en el departamento de caupolican, y les fija sus cabeceras.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25256 / 9042428.

Texto oficial

Artículo 3.o Esta Ley comenzará a regir desde el 1.o de Enero de 1937".