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Artículo 9 de la Ley 6.020 · Mejora la situacion economica de los empleados particulares

Mejora la situacion economica de los empleados particulares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25267 / 7170770.

Texto oficial

Artículo 9.o Los miembros de las Comisiones Mixtas de Sueldos, no podrán pertenecer al Congreso Nacional durante el desempeño de sus funciones ni dentro de dos años siguientes al término de ellas por cualquier causa.