Texto oficial
Artículo 8.o Los empleados que formen parte de las Comisiones Mixtas de Sueldos gozarán de la misma inamovilidad que para el Delegado del Personal y los Directores de Sindicatos, consulta el artículo 155 del Código del Trabajo.
Mejora la situacion economica de los empleados particulares
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25267 / 7170769.