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Artículo 5 de la Ley 6.037 · Crea la caja de la marina mercante nacional

Crea la caja de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170864.

Texto oficial

Art. 5.o La Dirección Superior de la Caja estará a cargo de un Consejo que se compondrá: a) De una persona designada por el Presidente de la República; b) De un Oficial náutico, de un Oficial ingeniero, de un Oficial de administración y de un Oficial radiotelegrafista; d) De un representante de los empleados; e) De un representante de los oficiales pensionados; y f) De un representante de los empleados pensionados. Cada categoría de representante en el Consejo será elegida independientemente por cada rama, en votación directa y en la forma que determine el reglamento respectivo.