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Artículo 12 de la Ley 6.037 · Crea la caja de la marina mercante nacional

Crea la caja de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170872.

Texto oficial

Art. 12. El Administrador será nombrado por el Presidente de la República a propuesta en terna por el Consejo. El Fiscal Abogado y el Contador Jefe serán nombrados o removidos por el Consejo.