Texto oficial
Art. 41. Si durante un período de pago de asignación de cesantía el imponente llenare los requisitos para obtener pensión, se le concederá ésta de acuerdo con las disposiciones establecidas en la presente ley.
Crea la caja de la marina mercante nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170907.