Texto oficial
Art. 48. Con el acuerdo de los dos tercios de sus miembros el Consejo podrá autorizar el traspaso de las deudas hipotecarias de sus imponentes a personas no acogidas al régimen de la institución.
Crea la caja de la marina mercante nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170915.