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Artículo 58 de la Ley 6.037 · Crea la caja de la marina mercante nacional

Crea la caja de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170926.

Texto oficial

Art. 58. De los descuentos hechos a los imponentes, los empleadores deberán pasar a la Caja una nómina por duplicado con los datos que el reglamento general indique.