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Artículo 60 de la Ley 6.037 · Crea la caja de la marina mercante nacional

Crea la caja de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25273 / 7170928.

Texto oficial

Art. 60. Los fondos que se recauden o inviertan en virtud de lo establecido en la presente Ley, estarán exentos de toda contribución fiscal.