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Artículo 1 de la Ley 13.011 · Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de contadores

Crea una institucion con personalidad juridica denominada colegio de contadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252733 / 7332006.

Texto oficial

"Artículo 1.o Créase una institución con personalidad jurídica denominada "Colegio de Contadores", que se regirá por las disposiciones de la presente ley. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios de los diversos Consejos Provinciales.