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Ley 6.044

Autoriza al presidente de la república contratar emprestito hasta por $ 30.000,000, destinado a la adquisicion o edificacion de propiedades para casa habitacion del personal de tropa del cuerpo de carabineros de chile, del servicio de investigaciones, identificacion y pasaportes y de la gendarmeria de prisiones.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25277

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Artículos

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