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Artículo 40 de la Ley 6.073

Aprueba el escalafon del poder judicial; deroga, con excepcion de su articulo 20, el decreto ley 775, de 19 de diciembre de 1925, que aprobo el escalafon general judicial, y el decreto con fuerza de ley 3,390, de 29 de diciembre de 1927, que aprobo el reglamento para el nombramiento de los funcionarios judiciales y formacion del escalafon.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25286 / 8999212.

Texto oficial

Art. 40. Deróganse el decreto-ley N° 775, de 19 de diciembre de 1925, con excepción de su artículo 20 y el decreto con fuerza de ley N° 3,390, de 29 de diciembre de 1927.