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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija plantas del personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 252892 / 7332136.

Texto oficial

Artículo 6º: La plantas de personal fijadas en el presente decreto con fuerza de ley y el encasillamiento que se disponga entrarán en vigencia a contar del día primero del mes siguiente al de la total tramitación del acto administrativo que formalice este último.