Texto oficial
Artículo 5.o Esta Ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza a la linea aerea nacional para contratar un empréstito hasta por la suma de $ 25.000,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25295 / 10351470.