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Artículo 26 de la Ley 6.152 · Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Arrendamiento de tierras fiscales ubicadas en magallanes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25299 / 9093288.

Texto oficial

Artículo 26° Los ocupantes de lotes fiscales, demandados en juicio de restitución del inmueble, en el comparendo a que se refiere el artículo 23°, además de las excepciones ordinarias que les competan, podrán, reclamar el retiro o pago de las mejoras, animales y frutos pendientes que les pertenecieren. Dicha petición se tramitará incidentalmente y le será aplicable lo dispuesto en el inciso 4° del artículo anterior.