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Artículo 1 de la Ley 6.170

Introduce las modificaciones que se indican en el inciso 2.o del art. 1.o de la ley n.o 4,254, de 17 de enero de 1928, que fija la planta y sueldos del personal del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25307 / 8278122.

Texto oficial

Artículo 1.o Introdúcense en el inciso 2.o del artículo 1.o de la Ley N.o 4,254, de 17 de Enero de 1928, las siguientes modificaciones: a) Suprímense las palabras "y Tesorero", que figuran a continuación de: "Prosecretario"; y b) Substitúyese el rubro "Administrador de los servicios internos y Contador de la Cámara___________ $ 27,000", por el siguiente: "Tesorero________________ $ 33,000",