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Artículo 1 de la Ley 6.171

Incluye entre los empleados civiles del ejercito los cargos que se indican y aumenta en dos cartografos la dotacion de estos empleados en el instituto geografico militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25308 · idParte: 5962756

Texto oficial

"Artículo 1.o Inclúyense entre los empleados civiles del Ejército consultados en el artículo 20 del Decreto con Fuerza de Ley número 3,741, de 26 de Diciembre de 1927, los siguientes cargos: Grado 8°, Contador del Departamento F. de Obras Militares_______________________ $ 18.000.00 Grado 10° Subingeniero Electricista del Departamento F. de Obras Militares____ 14,400.00 Grado 13° Oficial 1.o ayudante del Departamento B. de Sanidad____________ 10,200.00 Grado 13° Dibujante del Departamento de Organización, Legislación, y Reglamentación________________________ 10,200.00 Grado 14° Oficial 1.o del Departamento A. de Administración__________________ 9,600.00