Texto oficial
Artículo 4.o El personal a que se refiere la presente Ley, tendrá derecho a la gratificación del 25 por ciento sobre sus sueldos establecidos en las leyes vigentes.
Incluye entre los empleados civiles del ejercito los cargos que se indican y aumenta en dos cartografos la dotacion de estos empleados en el instituto geografico militar
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