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Artículo 5 de la Ley 6.171

Incluye entre los empleados civiles del ejercito los cargos que se indican y aumenta en dos cartografos la dotacion de estos empleados en el instituto geografico militar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25308 · idParte: 5962760

Texto oficial

Artículo 5.o El tiempo servido "a contrata" en las Fuerzas de la Defensa Nacional por los empleados que contempla el artículo 1.o, se computará también para los efectos del retiro. Asimismo, los servicios prestados en calidad de tropa o de oficiales, serán computables para todo efecto legal.