Saltar al contenido

Artículo 103 de la Ley 12.891 · Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253140 / 9005395.

Texto oficial

TITULO XII Procesos Electorales Párrafo 1.o Elecciones no reclamadas Artículo 103. El Tribunal Calificador preferirá, enseguida, el estudio de las elecciones no reclamadas, procediendo, de Norte a Sur, efectuando los escrutinios generales y la proclamación de los elegidos.