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Artículo 112 de la Ley 12.891 · Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Fija el texto refundido de la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253140 / 9005404.

Texto oficial

Párrafo 3.o Caso de elecciones pluripersonales Artículo 112. Tratándose de elecciones en que deba elegirse a más de una persona, se observarán las reglas que indican los artículos siguientes: