Texto oficial
Artículo 4.o El pago del servicio de intereses y amortizaciones ordinarias correspondientes a la emisión de bonos lo hará la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública con los fondos que provengan de la respectiva contribución ordinaria municipal sobre el avalúo de los bienes raíces y de acuerdo con las normas establecidas por ella para la deuda interna. Para este efecto el Tesorero Comunal de La Serena, retendrá de la citada contribución y remesará oportunamente por intermedio de la Tesorería General, a dicha Caja, la suma correspondiente al valor del respectivo servicio.