Texto oficial
"Artículo 1.o Derógase el N.o 3 del artículo 74 del Decreto-Ley 767, de 17 de Diciembre de 1925.
Modifica el d. l. n.o 767, de 17 de diciembre de 1925 y dispone que las empresas periodisticas gratificaran a sus empleados de acuerdo con lo establecido en el art. 146, titulo iv del código del trabajo.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25322 / 5962806.