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Artículo 35 de la Ley 6.334 · Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25337 / 7171065.

Texto oficial

Art. 35. Establécese un recargo de 50 por ciento en el impuesto sobre Herencias y Donaciones determinado por la ley número 5,427, de 26 de Febrero de 1934. Mientras se aplique este recargo se suspenderán los efectos del inciso final del artículo 2° de la citada ley número 5,427.