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Artículo 45 de la Ley 6.334 · Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Crea las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25337 / 7171077.

Texto oficial

Art. 45. Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, su aplicación corresponderá al Ministerio de Hacienda y la fiscalización de los ingresos e inversiones a la Contraloría General de la República.