Texto oficial
Artículo 18. Los proyectos de tarifa de servicios regionales o locales de cabotaje y los itinerarios, serán informados a la Comisión de Tarifas por una Subcomisión que funcionará en el puerto principal de la región y que estará compuesta por el Intendente de la Provincia, que la presidirá; el Capitán de Puerto; dos representantes de los armadores regionales, y uno de la Cámara de Comercio local.