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Ley 6.485

Fija planta, sueldos y gratificaciones de carabineros de chile; y del decreto-ley 322, de 28 de julio de 1932, reemplaza el articulo 5°; substituye el 6°, y reemplaza escala de viaticos establecida por el articulo 11; y deroga y reemplaza el decreto con fuerza de ley 3,532, de 15 de julio de 1930, que fijo el texto definitivo del 3,071, de fecha 4 del mismo mes y año, que indico a los jefes y oficiales que tenian derecho a asistente.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25356

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Artículos

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