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Artículo 10 de la Ley 6.285

Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion a favor del fisco de las fuentes termominerales denominadas vegas del flaco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 253566 / 6583924.

Texto oficial

Artículo 10. El Ministerio de Salubridad, destinará la suma de $ 500.000 al año con el objeto de construir campamentos destinados a veraneos gratuitos de los niños raquíticos y que requieran de ese clima.