Texto oficial
Artículo 3.o La provincia de Osorno quedará bajo la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Valdivia.
Crea la provincia de osorno, le fija sus departamentos y su capital; establece impuesto adicional de 1o/oo, y modifica articulos 1° y 2° del decreto con fuerza de ley 232, de 15 de marzo de 1931, que fijo las circunscripciones electorales para las elecciones de senadores y diputados.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25361 / 8856963.