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Artículo 4 transitorio de la Ley 6.556 · Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Fija la planta y grados del personal de la direccion general de prisiones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25365 / 8999256.

Texto oficial

Art. 4.° La primera diferencia mensual que se produzca con motivo del reajuste a que se refieren los artículos anteriores, no ingresará a la Caja de Previsión de los Carabineros de Chile.