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Artículo 3 del Decreto 1063

Fija el texto definitivo de la ley orgánica de la caja nacional de ahorros.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25397 / 7171295.

Texto oficial

Art. 3.o.- La Caja tiene su domicilio en la ciudad de Santiago y podrá establecer oficinas en otras poblaciones de la República. Estas oficinas serán principales, sucursales o agencias. Para abrir o clausurar oficinas principales o sucursales, la Caja necesitará autorización escrita del superintendente de Bancos.