Texto oficial
Art. 46. Las disposiciones de la Ley General de Bancos se aplicarán a la Caja Nacional de Ahorros, en lo que no fueren contrarias a las de la presente ley.
Fija el texto definitivo de la ley orgánica de la caja nacional de ahorros.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25397 / 7171348.