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Artículo 1 de la Ley 6.827 · Organizacion y atribuciones de los juzgados de policia local

Organizacion y atribuciones de los juzgados de policia local

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25403 / 9074216.

Texto oficial

Artículo 1.o La Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local se regirán por las disposiciones de la presente ley.