Texto oficial
Art. 3.o Los procesos sobre faltas del Código Penal o sobre las contravenciones que en esta ley se indican, pendientes a la fecha de su promulgación, continuarán radicados ante los respectivos tribunales o autoridades.
Organizacion y atribuciones de los juzgados de policia local
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25403 / 9074276.