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Artículo 1 transitorio de la Ley 6.894 · Fija la planta y sueldos del personal del registro civil

Fija la planta y sueldos del personal del registro civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25411 / 9042683.

Texto oficial

Artículo 1° No estarán sujetas a los impuestos establecidos en esta ley las anotaciones o subinscripciones en los registros originales que a la fecha de la vigencia de esta ley estuvieren practicadas sólo en el Registro Copiador.