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Artículo 4 de la Ley 6.955 · Crea un juzgado de letras de menor cuantia con asiento en villarrica

Crea un juzgado de letras de menor cuantia con asiento en villarrica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25420 / 9042695.

Texto oficial

Art. 4° Esta ley regirá desde su publicación en el "Diario Oficial".