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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 315

Crea la comision nacional de telecomunicaciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254372 / 6586690.

Texto oficial

Artículo 9.o En caso de conmoción interior, movilización, o de guerra, el Gobierno podrá tomar el control o hacerse cargo del total o parte de los servicios de telecomunicaciones.