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Artículo 23 de la Ley 7.144 · Crea el consejo superior de defensa nacional

Crea el consejo superior de defensa nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25442 · idParte: 8756571

Texto oficial

Art. 23. Anualmente las entradas probables producidas con arreglo a la presente ley se incluirán globalmente en el Cálculo General de Entradas de la Nación, e igual suma se consultará, también en forma global en el Presupuesto de Gastos dentro del rubro Consejo Superior de Defensa Nacional.